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LEY DE SALUD MENTAL
LA IMPORTANCIA DE LOS COLECTIVOS “PSI”
Prácticamente sincronizados se presentan, aunque en forma aparentemente autónoma los anteproyectos de Ley del Psicólogo y la Ley de Salud Mental.
La elaboración de una Ley es motivo de expresión y lucha de los interesados para que el texto de la misma beneficie o no perjudique dependiendo de la correlación de fuerzas de sus colectivos. Por ejemplo, en la media sanción de la Ley del Psicólogo el único actor que expreso sus reservas a la sanción de dicha ley, es la Federación Psicoanalítica Paraguaya(F.P.P.) . Eso no quiere decir que todos lo aprueban, sino que hay sectores que aún no se animan a expresarse.
La ley no debe constituirse en un instrumento de persecución o segregación de colectivos no mayoritarios. La ley debe ser inclusiva y reconocer las partes que conforman el todo en la práctica de las psicologías clínicas o de las psicoterapias. El centro neurálgico de la Ley del Psicólogo debe ser reconocer las bases teóricas y prácticas de todas las escuelas psicológicas sostenidas por los diversos gremios y no erigirse en un juez con vara metodológica.
La ley de Salud Mental es más compleja porque involucra al paciente o usuario con fuerte defensa de su DDHH, a los trabajadores Psi, a la Institución Psiquiátrica y a otros trabajadores del campo Psi como enfermeras y Trabajadores Sociales. Además, involucra en forma secundaria a los Gobiernos subnacionales y otras entidades públicas de responsabilidad social. Pero el centro de este anteproyecto es su POSICION ANTIMANICOMIAL Y LA DEFENSA DE LOS DDHH DEL SUFRIENTE MENTAL.
Prohíbe la creación de nuevos H. Psiquiátricos y exige la adecuación del existente a un nuevo modelo que no lo define y crea en compensación camas hospitalarias en Hospitales Generales, así como la creación de estructuras comunitarias, que son aspectos innovadora de ley, anunciándolo sin profundizarlo.
Las posiciones hoy ante el anuncio de la Ley son las mismas de siempre, para los que luchamos hace décadas: una fuerte posición MANICOMIAL (Psiquiatras, Psicólogos, Enfermeros) de los actores hospitalarios con el silencio sospechoso o dudas para intervenir de otros sectores importantes como la Instituciones de Formación, las Sociedades científicas etc. Este colectivo manicomial seguirá defendiendo el interés del profesional y no del paciente. Estos profesionales NO QUIEREN QUE EL CIERRE DE CADA CAMA DE PACIENTES CRONICOS SEA LA LIBERACION DEL DINERO PARA LA CONSTRUCCION DE ESTRUCTURAS COMUNITARIAS. Por otro lado, existe un número creciente de Psiquiatras y Psicólogos con POSICION ANTIMANICOMIAL que provienen de experiencias “Psi” (Psiquiatría y Psicología) social, dinámica y o comunitaria que activaremos para que esta sea realidad.
También hay una posición intermedia movido por el “no te metas”, “que vas a ganar”, el primero ligado a perder una situación de privilegios y el segundo a un desgaste intelectual sin compensación alguna. Como ocurre en las elecciones nacionales, es este sector indefinido el que define cuando interviene. Hay otros actores que pueden manifestarse con limitaciones como son los ubicados en una estructura institucional jerárquica. En este sentido debemos promover que el órgano de ejecución de la presente Ley sea la Dirección de Salud Mental para lo que debería de trasformarse en Servicios de Salud Mental y así poder administrar sus recursos.
Cada actor Psi o los profesionales que trabajan en el campo Psi deben saber que en su opción hacia una postura Maniconialista o Antimanicomial se juega un modelo de atención absolutamente diferente. La Manicomial está centrada en la enfermedad, la custodia, el abuso de psicofármacos, la perdida de libertad y la Antimanicomial está centrada en la persona, el trato humano, la posición activa y la gestación de niveles de autonomía y comprensión de su realidad.
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